miércoles, 16 de marzo de 2011

Leyes ilegítimas contra causas legítimas


La reciente detención de un delegado de Kraft en base a leyes reaccionarias de una dictadura nos hace repensar seriamente nuestro Código Penal, y la necesidad de rever las leyes.



En base a este artículo del Código Penal fue procesado recientemente Javier "Poke" Hermosilla, delegado de Kraft por un corte en la Panamericana de 2007:

Art. 194.- El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicaciones, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años.

Bien, ¿tiene algo de particular este artículo? Si, el haber sido sancionado en épocas de dictadura.
Se basta, junto a otros artículos, en la ley 17.567, sancionada en 1968 bajo el gobierno de facto de Onganía (el mismo de la Noche de los Bastones Largos y la represión al Cordobazo).

Queda claro el carácter ambiguo y retrógrado de la ley, que aún hasta nuestros días permanece. La resolución, firmada por los jueces Hugo Rodolfo Fossati y Jorge Eduardo Barral, dice que "ha quedado demostrado con el grado de convicción que esta etapa procesal requiere, una interrupción deliberadamente dirigida a privar a los usuarios de la libre circulación por la autopista, impidiendo el paso por ella durante un prolongado lapso, afectando el derecho de tránsito".

La defensa de Hermosilla planteo que se trató de un conflicto laboral y no penal y que los trabajadores no tenían otra línea de acción más que aquella que se decidió y dio origen a la causa ante la constante actitud de la empresa por desoír las disposiciones del Ministerio de Trabajo, por lo que consideró que los actos de Hermosilla no encuadran en la figura imputada de causar un perjuicio a la seguridad del transporte. 

Es muy grave que esa ley permanezca vigente. Así como está planteada representa una valiosa arma para la criminalización de la protesta social y los piquetes. Es necesario ya derogarla, así como se hizo con otros artículos del Código Penal, para poder tener un marco jurídico más democrático.

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